martes, 26 de febrero de 2019

La evaluación y calificación en la FP.

Una compañera tuitera, profesora de Formación Profesional, me comentaba que, a veces, se sentían como "olvidados" cuando se hablaba de evaluación y calificación. Por mi parte, entono el "mea culpa" ya que es cierto. En todas las entradas de este blog que estado realizando, me he centrado más en las etapas obligatorias, que en las otras. Quiero subsanar este despiste realizando la entrada que estáis leyendo.

Vamos a centrarnos un poco en la especificidad de la Formación Profesional aclarando un poco los términos que aparecen en su currículo.

Cada ciclo formativo en el que se divide nuestra concepción de la FP tiene definidos unos objetivos generales, que son los que hay que tener conseguidos al término de dicho ciclo.  Para la consecución de estos objetivos, tenemos definidos unos módulos profesionales. Haciendo un símil para los que no somos muy entendidos en esto, los objetivos generales del ciclo equivaldrían a los objetivos generales marcados para una etapa concreta (primaria, secundaria,...) y los módulos profesionales serían las asignaturas, áreas o materias que se imparten y hay que cursar.

A partir de este grado de concreción ya diferenciamos en algo el currículo de las enseñanzas obligatorias de las propias de FP.

Todas las enseñanzas tienen definidos unos criterios de evaluación. En Primaria y Secundaria son el eje vertebrado de todo el resto del trabajo curricular y constituyen la referencia de la evaluación y, en su caso, de la calificación. No encontramos en la normativa agrupaciones de criterios, cosa que sí sucede en la FP.

Los criterios de evaluación de cada módulo están agrupados bajo unos epígrafes a los que se llaman "Resultados del aprendizaje", que tienen su propia definición, y a partir de ahí se desgranan los distintos criterios relacionados con lo que se expone en los "resultados".

Un ejemplo concreto:
    Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación. 
    1. Identifica el material, herramientas y equipo necesarios para el montaje y ensamblado de equipos eléctricos y electrónicos, describiendo sus principales características y funcionalidad. 
    Criterios de evaluación: 
    a) Se han identificado y clasificado los elementos y componentes tipo de un equipo eléctrico o electrónico. 
    b) Se han identificado y clasificado los anclajes y sujeciones tipo (tornillos, clips, pestañas, entre otros) de un equipo eléctrico o electrónico en función de su aplicación, rigidez y estabilidad. 
    c) Se han identificado y clasificado las herramientas (atornillador eléctrico, atornilladores planos y de estrella y llaves, entre otros) normalmente empleadas en el ensamblado de un equipo eléctrico o electrónico en función de su aplicación e idoneidad. 
    d) Se han identificado y clasificado los diferentes medios y equipos de seguridad personal (guantes de protección, gafas y mascarilla, entre otros) en función de su aplicación y teniendo en cuenta las herramientas a utilizar.

Posteriormente, en el desarrollo del currículo, encontramos los "Contenidos básicos" y las "Orientaciones pedagógicas".

A grandes rasgos, estos son los apartados que componen el currículo de la Formación Profesional.

Vamos al asunto importante. ¿Qué y cómo evaluamos? ¿Qué y cómo calificamos?

Como siempre, me remito a la normativa de la comunidad andaluza para hacer este desarrollo. En la Orden de 29 de septiembre de 2010 se regula la evaluación y calificación del alumnado que cursa estos estudios.

Permitidme que sin transcribir algunos artículos de esta orden, sí reseñe algunas ideas importantes:


  • El departamento de familia profesional, a través del equipo educativo de cada uno de los ciclos formativos, desarrollará el currículo mediante la elaboración de las correspondientes programaciones didácticas de los módulos profesionales. Su elaboración se realizará siguiendo las directrices marcadas en el proyecto educativo del centro, prestando especial atención a los criterios de planificación y a las decisiones que afecten al proceso de evaluación, especialmente en lo referente a: 
    • a) Los procedimientos y criterios de evaluación comunes para las enseñanzas de formación profesional inicial reflejados en el proyecto educativo del centro. 
    • b) Los procedimientos, instrumentos y criterios de calificación que se vayan a aplicar para la evaluación del alumnado, en cuya definición el profesorado tendrá en cuenta el grado de consecución de los resultados de aprendizaje de referencia, así como la adquisición de las competencias y objetivos generales del título.

Hay que tener en cuenta también un apartado importante, el artículo 19 en el que trata la reclamación contra las calificaciones.
  • Dicha reclamación deberá basarse en la disconformidad del reclamante con alguno de los siguientes aspectos: 
    • a) Adecuación de la evaluación realizada respecto a los resultados de aprendizaje y criterios de evaluación del módulo profesional y a los objetivos generales del ciclo formativo, recogidos en la correspondiente programación didáctica y en el proyecto educativo del centro. 
    • b) Adecuación de los procedimientos y los instrumentos de evaluación aplicados conforme a lo señalado en la programación didáctica y en el proyecto educativo del centro. 
    • c) Correcta aplicación de los criterios de evaluación y calificación establecidos en la programación didáctica y en el proyecto educativo para la superación del módulo profesional. 
    • d) Cumplimiento por parte del centro docente de lo establecido para la evaluación en la normativa vigente.

Partiendo de tener esto un poco más claro, ¿qué podemos hacer para evaluar y calificar?

Creo que el artículo 2.5 de la orden mencionada lo especifica claramente. Lo he mencionado antes, pero lo repito: "... el profesorado tendrá en cuenta el grado de consecución de los resultados de aprendizaje de referencia, así como la adquisición de las competencias y objetivos generales del título."

Si bien, en otro artículo nos menciona que "Al término del proceso de enseñanza-aprendizaje, el alumnado obtendrá una calificación final para cada uno de los módulos profesionales en que esté matriculado. Para establecer dicha calificación los miembros del equipo docente considerarán el grado y nivel de adquisición de los resultados de aprendizaje establecidos para cada módulo profesional, de acuerdo con sus correspondientes criterios de evaluación y los objetivos generales relacionados..." la importancia recae de nuevo en los resultados de aprendizaje.

A partir de todo esto, (y vuelvo a repetir que no soy profe de FP y que me estoy metiendo en un campo ignorado por mí hasta el momento), quisiera hacer una propuesta por si alguna persona puede estar interesada y/o tener una nueva visión del proceso.

Puesto que la parte fundamental son los resultados de aprendizaje, la calificación debería estar basada en ellos, y no tanto en los criterios de evaluación.  Éstos últimos son los que me indicarían el grado de consecución, y por tanto, la calificación de los resultados. Los criterios no dejan de ser la ayuda, los epígrafes que me dan las pistas para la valoración de esas categorías evaluables que en definitiva son los "resultados de aprendizaje".

Por supuesto, respeto a todo docente de esta etapa que valora los criterios por encima de esas categorías más amplias, pero, en mi humilde opinión, creo que podríamos simplificar el trabajo de calificación si nos fijamos en campos más amplios que nos permiten un mayor juego.

Por otra parte, hay también un debate sobre la ponderación. ¿Hay que ponderar? ¿Qué se pondera?
Lo que está claro es que no debemos ponderar los instrumentos que se utilicen para ver el grado de consecución de los resultados. La norma no pone que haya que ponderar, pero es lógico que algún docente quiera darle más valor a unas cosas que a otras.  En este caso, mi propuesta iría en hacer una ponderación de los "resultados de aprendizaje" y no sobre los criterios de evaluación.

Con esta idea de valoración sobre los "resultados" podríamos configurar nuestro cuaderno del docente (incluso podríamos adaptar el cuaderno de Séneca para hacerlo) y obtener la calificación adecuada de una manera más o menos adecuada.

Por último, no quiero cerrar esta entrada sin tener unas palabras para la evaluación y calificación del alumnado con algún tipo de discapacidad. Tal y como dice la norma en su artículo 2.5.e lo que se adecuan son las actividades formativas, procedimientos de evaluación, instrumentos que se usen,... pero nunca hacer una especie de adaptación en la que se supriman los resultados de aprendizaje.  Estos son los mismos para todo el alumnado, y está claro que son a ellos (a los RA) a los que tenemos que hacer referencia siempre.










6 comentarios:

  1. Muchas gracias por el trabajo que has hecho. He empezado a trabajar en FP hace poco y me viene muy bien tu artículo. Un saludo.

    ResponderEliminar
  2. Hola! Quisiera saber, como alumna de FP, cuál es el marco legal que existe para dar a conocer los criterios de evaluación, o si es legal que un alumno se examine de los exámenes finales del trimestre sin conocerlos. Gracias 🥰

    ResponderEliminar
  3. Mi pregunta es se puede suspender a un alumno sí no tiene superado algún RA en la primera evaluación, aunque la media de todos le salga probada?

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. hay que superar todos los resultados de aprendizaje, no vale con la media

      Eliminar
  4. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

    ResponderEliminar